Registro de Candidaturas - Preguntas Frecuentes (FAQs)

La fecha de inicio para registro de candidatos varía según el cargo y si el candidato elige participar en ciertos pasos del proceso de candidatura. .Haz clic aquí para obtener el calendario electoral detallado que describe los plazos de fechas claves Selecciona la elección correspondiente y, a continuación, haz clic en el calendario para ver las fechas clave de presentación de candidaturas.

Consulta el calendario electoral en el sitio web del Registro Electoral para conocer todos los plazos.

Los requisitos generales para todos los candidatos son los siguientes:

  • Tener 18 años de edad para la fecha de la elección;
  • Ser ciudadano del Estado de California;
  • Ser un votante registrado en el momento en que se emiten los documentos de nominación y, a menos que se indique específicamente lo contrario, debes estar calificado para votar por el cargo;
  • Ser elegible para tomar el Juramento del Cargo y poder ser vinculado en las necesidades previstas por los estatutos; y
  • No debes haber sido condenado por delitos designados especificados en la Constitución de California y las leyes del estado.

Podrian aplicarse requisitos adicionales en función del cargo especifico.

Consulta la sección "Que hay en la Boleta" del sitio web del Registro Electoral para obtener esta información.Selecciona la elección correspondiente y, a continuación, haz clic en "Qué hay en la Boleta".

Puedes encontrar esta información aquí o llamando o visitando la oficina del Registro Electoral, 1300 South Grand Avenue, Edificio C, Santa Ana, CA; 714-567-7600. Un Manual del Candidato también está disponible si se solicita.

Los requisitos de residencia dependen de la contienda. 

  • Para Representante de los Estados Unidos, no es necesario residir en el distrito para ser candidato. 
  • Para la Asamblea Estatal, el Senado Estatal, la Junta de Educación del Condado y el Comité Central del Condado, debes residir en el distrito en el momento en que se emiten los Documentos de Nominación. 
  • Para los cargos del condado que no sean la Junta de Supervisores, debes residir en el Condado de Orange. 
  • Para la Junta de Supervisores del Condado, debes estar registrado en el distrito como mínimo 30 días antes de la fecha límite para presentar los Documentos de Nominación para el cargo. 
  • Para Juez de la Corte Superior, no es necesario que residas en el Condado de Orange.

Hay un registro de candidatos en nuestro sitio web que se actualiza diariamente, o puedes llamar a nuestra oficina al 714-567-7600.

Si el titular no se presenta para la reelección, pero es elegible para hacerlo, la contienda se extenderá por cinco días después de que el plazo de registro haya cerrado para cualquier candidato que no sea el titular.

La Declaración de Intención es un documento escrito que todos los candidatos Judiciales deben firmar y presentar declarando su intención de ser candidato al cargo de Juez de la Corte Superior.

No, el número se asigna únicamente con fines electorales y se basa en la lista alfabética de los titulares.

Para la mayoría de los cargos, hay que pagar una Cuota de Presentación para obtener los Documentos de Nominación.  No se exige ninguna Cuota de Presentación para los cargos de Miembro de la Junta de Educación del Condado, Miembro del Comité Central del Condado, Miembro del Consejo del Condado Verde, Miembro de la Junta de un distrito escolar local y Director de un distrito especial.

Se debe de pagar la Cuota de Presentación para obtener los Documentos de Nominación. Sin embargo, si has recogido suficientes firmas en las Peticiones de Firmas en Lugar de la Cuota de Presentación para satisfacer el requisito de firmas de nominación, entonces no tendrás que distribuir los Documentos de Nominación; en este caso, la Cuota de Presentación debe ser pagada antes de completar tu Declaración de Candidatura..

Peticiones de Firmas en Lugar de la Cuota de Presentación son documentos para obtener firmas que reduzcan el costo de la Cuota de Presentación de un candidato. Las firmas también pueden utilizarse para cumplir con los requisitos de firmas para la nominación..

No. Este es un proceso opcional. Al no distribuir y presentar Los Documentos de Firmas de Votantes para Candidatura Como Forma de Pago, tendrás que pagar tu Cuota de Presentación en su totalidad.

Puedes obtener estas peticiones en la oficina del funcionario electoral en tu condado de domicilio o de cualquier condado dentro del distrito.

Debes presentar las peticiones en la oficina del funcionario electoral en el condado de donde se obtuvieron las firmas.

Un recolector debe tener 18 años o más. No es necesario que el recolector esté inscrito en el censo electoral, que esté afiliado al mismo partido político que el candidato ni que resida en el distrito en el que se votará al candidato.

The circulator section of the Signatures In-Lieu Petition or nomination papers must be completed by the circulator only. If there are any errors or corrections needed, only the circulator may make those corrections. Please refer to the circulator information section in the Candidate’s Handbook for additional details.

Sí, si decides circular tu propia petición de firmas sustitutorias o tus documentos de nominación, debes cumplir con todos los requisitos para los circuladores, y la sección correspondiente al circulador debe ser completada por ti. .

No. Los firmantes no necesitan estar registrados con el mismo partido político que el candidato.

Sí. Los firmantes tienen que residir en el Distrito en el que se ejecutan los Documentos de Firmas de Votantes para Candidatura Como Forma de Pago.

No. Cada votante solo puede firmar una petición de exención del pago de la tasa de inscripción por cada convocatoria electoral. No obstante, si en una misma convocatoria hay que cubrir más de un cargo, el votante puede firmar a favor de más de un candidato.

Sí. No es necesario presentar todas los Documentos de Firmas de Votantes para tu Candidatura Como Forma de Pago al mismo tiempo.

Para las contiendas en las Elecciones Primarias, los candidatos tienen un requisito de firma de nominación.  Para las contiendas en las Elecciones Generales, no hay un requisito de firma de nominación.

Debes obtener tus Documentos de Nominación y Declaración de Candidatura de tu condado de domicilio.

Debes presentar los Documentos de Nominación y la Declaración de Candidatura en la oficina del funcionario electoral en el condado de donde se obtuvieron las firmas.

No. El votante no necesita estar registrado en tu partido político. La única excepción es que los firmantes de los Documentos de Nominación para los miembros del Comité Central del Condado deben estar afiliados con el mismo partido político que el candidato.

Si.

The number of signatures required depends on the office:

  • Senador de los Estados Unidos: 65-100.
  • Cargos estatales (por ejemplo, gobernador, procurador general): 65-100
  • Representante en el Congreso, Senado Estatal, y Asamblea Estatal: 40-60.
  • Juez de la Corte Superior, Junta de Educación del Condado, Junta de Supervisores del Condado y Oficinal del Condado: 20-40

For signature requirements for County Central Committee and the Green Party Council, please refer to the Candidate’s Handbook on the Registrar of Voters’ website.

Yes. You may withdraw nomination documents for any office other than a statewide office that you delivered for filing to the county elections official by 5:00 p.m. on the 88th day before the primary election by submitting a statement of withdrawal to the county elections official. Please note that filing fees are nonrefundable. Candidates may refer to the Candidate’s Handbook or contact the Registrar of Voters for additional information.

No. La Cuota de Presentación no es reembolsable.

A ballot designation is a description of no more than three words of your principal profession, vocation or occupation. A ballot designation may also be a current elected position title (no word limitation), the word “Incumbent”, or if appointed, the words “Appointed Incumbent”. You may access the Candidate Handbook to review the Ballot Designation Guidelines.

That information may be found in the Candidate’s Handbook, or by visiting or calling the Registrar of Voters’ office at 1300 South Grand Avenue, Building C, Santa Ana, CA 92705; 714-567-7600.

Sí, pero solo si la Presentación del Candidato no se ha cerrado. Se debe completar una nueva Hoja de Trabajo de Designación de Boleta.

Sí. Se debe presentar una solicitud por escrito al menos 98 días antes de las Elecciones Generales. Se debe completar una nueva Hoja de Trabajo de Designación de Boleta.

Yes. You may challenge someone’s ballot designation during the Nomination/Declaration of Candidacy period by submitting a written statement outlining the reasons for the challenge to the Registrar of Voters. After Candidate Filing ends, there is a 10-day public review period during which a ballot designation may be challenged in Superior Court.

For specific deadlines and procedures for filing a challenge, please contact the Registrar of Voters’ office.

Yes. You may have a Candidate’s Statement printed in the Voter Information Guide if you are a candidate for United States Representative, State Assembly, State Senate, County Board of Supervisors, county offices, County Board of Education, Judge of the Superior Court, board member of a local school district, or director of a special district.

If you are running for United States Senator or a statewide constitutional office, you must file your Candidate’s Statement with the Secretary of State’s office. Please note that a fee is associated with the Candidate’s Statement. For details, refer to the Candidate’s Handbook.

La Declaración de Candidatura es una recitación de los propios antecedentes personales y acreditaciones del candidato, y no hace referencia a las acreditaciones, carácter o actividades de otro candidato.

Tendrás que consultar el Manual del Candidato en el sitio web del Registro Electoral o comunicarte con la oficina en 1300 South Grand Avenue, Building C, Santa Ana, CA; 714-567-7600 para el costo de tu declaración. El costo de las Declaraciones de Candidatura varía según la contienda. 

La cantidad se basa en los costos de impresión, costos de traducción, mano de obra y gastos generales de la Guía Informativa para el Votante.

El Código Electoral permite al Registro Electoral exigir a cada candidato que presenta una declaración de pagar por adelantado su parte prorrateada como una condición para que su declaración sea incluida en la Guía de Informativa para el Votante.

La intención de los cargos de la Declaración de Candidatura es para determinar el costo real de poner la declaración en la Guía Informativa para el Votante. Los costos reales se calculan en base a mano de obra y gastos generales; el costo para traducir al chino, coreano, español y vietnamita; y el costo para imprimir la Declaración de Candidatura en la Guía Informativa para el Votante.

 No. No puedes incluir ninguno de los elementos en tu Declaración. Además, no puedes hacer referencia a las acreditaciones, carácter o actividades de otro candidato.

No. Tendrás que presentar la Declaración de Candidatura en cada condado y pagar la cuota a cada condado en el que deseas que tu declaración aparezca en la Guía Informativa para el Votante.

The number of words varies depending on the contest:

  • United States Representative: 250 words;
  • State Senate and State Assembly: 250 words;
  • County and Judicial offices: 200 or 400 words;
  • Board Member of a local school district and Director of a special district:  200 words (May do a 400-word statement if the district authorizes).

 Sí. Puedes retirar tu Declaración de Candidatura, pero debes hacerlo antes de las 5:00 p.m.del siguiente día laboral tras la finalización del plazo de Presentación de Candidaturas.

Sí. Recibirás un reembolso 30 días después de la elección.

No. La Declaración de Candidatura se puede retirar pero no cambiar, a menos que se haya emitido una orden judicial.

Sí. Hay un período de revisión pública de 10 días después de que la Presentación de Candidatura haya terminado durante la cual una persona puede presentar un mandato judicial o una orden para exigir la declaración del candidato para que sea modificada.

Sí. Puedes utilizar la misma Declaración de Candidatura; sin embargo, debes volver a presentarla durante el plazo de presentación de candidaturas para las Elecciones Generales. Se requiere el pago de una nueva cuota, cuyo importe será el mismo que el abonado para las Elecciones Primarias.